VISTO:
Declaración de Interés Nº 43/2002 de la Legislatura de Río Negro,
La Nota Nº 47/25 del IFDC de Luis Beltrán,
Las gestiones particulares del IFDC de ampliación edilicia desde el año 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, la actual gestión del instituto considera prioritaria la continuidad de dicho proyecto de ampliación para dar respuesta a las necesidades institucionales que continúan vigentes en la formación docente, fortaleciendo al IFDC en la localidad,
Que, Luis Beltrán fue Declarado por la Legislatura de Río Negro en el año 2002 sede del DESARROLLO EDUCATIVO Y CULTURAL DEL VALLE MEDIO.
Que, desde nuestra comunidad educativa resulta importante avanzar con estas gestiones en virtud de que recibimos estudiantes y docentes de diferentes puntos de la provincia, contamos con una trayectoria en Formación Permanente Continua de 45 años, siendo una institución presente en la localidad que aporta a la cultura y al desarrollo de nuestra comunidad.
Que, es una necesidad imperiosa contar con estos espacios teniendo en cuenta que en diversas ocasiones debemos recurrir a otras instituciones de la localidad a fin de solicitar utilizar sus dependencias para asegurar el desarrollo de actividades académicas y de formación permanente.
Que, avanzar con la ampliación edilicia les permitiría en un futuro contar con un espacio propio, el cual nos facilitaría realizar Jornadas de formación, Congresos, Talleres con y para la comunidad, también posibilitaría ampliar la oferta formativa en materia de carreras de formación docente y actualización.
Que, por los motivos ut supra mencionados este Concejo Deliberante cree conveniente aprobar dicha Declaración.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACIÓN
ARTÍCULO 1º: DECLARAR DE INTERÉS EL PEDIDO DE AMPLIACIÓN EDILICIA DEL IFDC DE LUIS BELTRÁN.
ARTÍCULO 2º: RECOMENDAR Y ACOMPAÑAR AL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL A FIN DE REALIZAR LAS GESTIONES ANTE LOS ORGANISMOS PROVINCIALES Y/O NACIONALES CORRESPONDIENTES PARA LA AMPLIACIÓN EDILICIA DEL IFDC DE LUIS BELTRÁN.
ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, tómese razón, comuníquese con copia a los interesados, hágase amplia difusión en los medios de comunicación, cumplido, archívese.
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, A LOS 11 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2025.
ESTA DECLARACIÓN HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (NURN), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).