VISTO:
El Convenio vigente suscripto entre el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Luis Beltrán para la descentralización del Servicio de Transporte Escolar, con vigencia hasta el mes de julio de 2026;
La necesidad de garantizar la continuidad del servicio de transporte escolar, en virtud de la falta de previsión presupuestaria para el resto del año, lo que impide la inmediata convocatoria a un proceso de licitación pública; y
CONSIDERANDO:
Que, el servicio de transporte escolar resulta esencial para el acceso a la educación de los niños, niñas y adolescentes que asisten a las escuelas primarias Nros. 101, 215, 178 y CET Nº 29 ubicadas todas ellas en el ejido de Luis Beltrán;
Que, el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro el pasado año estableció el valor de la tarifa por el servicio de transporte escolar hasta la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($3.300,00) por kilómetro recorrido;
Que, las firmas LA COMARCA S.A., CUIT N° 30-67287875-2, y TRANSEBA S.R.L., CUIT N° 30-71571107-5, han aceptado prorrogar su contratación por igual tarifa anterior;
Que, en resguardo del derecho a la educación de los estudiantes y con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio sin interrupciones, resulta necesario prorrogar la contratación directa de las firmas LA COMARCA S.A., CUIT N° 30-67287875-2, y TRANSEBA S.R.L., CUIT N° 30-71571107-5 hasta el mes de julio de 2026, permitiendo así una adecuada planificación presupuestaria para la posterior convocatoria a licitación pública;
Que, en función del marco normativo vigente y la autorización conferida al municipio en materia de contrataciones, corresponde que el Concejo Deliberante en uso de las facultades que le confiere la carta magna local apruebe la presente prórroga y autorice al Poder Ejecutivo Municipal a proceder a la suscripción de los contratos pertinentes;
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del Intendente Sr. Robin Leandro del Río, a prorrogar la contratación de la firma La Comarca S.A., CUIT N° 30-67287875-2, por el término de marzo hasta julio del año 2026, para la prestación del servicio de transporte de las escuelas primarias Nros. 101, 215 y 178.
ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del Intendente Sr. Robin Leandro del Río, a prorrogar la contratación de la firma TRANSEBA S.R.L., CUIT N° 30-71571107-5, por el término de marzo hasta julio del año 2026, para la prestación del servicio de transporte en el establecimiento escolar CET N° 29.-
ARTÍCULO 3°: ESTABLECER el valor del servicio de transporte en la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($3.300,00) por kilómetro efectivamente recorrido, facultándose al Poder Ejecutivo Municipal a reconocer y aplicar los incrementos que, en su caso, determine el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, Comuníquese con copia al Poder Ejecutivo, a los interesados. Cumplidos, archívese.-
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE 2026.-
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN) Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).