VISTO:
La necesidad de generar y disponer de lotes sociales destinados a la construcción de viviendas para familias en situación de vulnerabilidad habitacional dentro de la localidad de Luis Beltrán; y
CONSIDERANDO:
Que, la Manzana Nº 688, identificada catastralmente como 07-1-E-688, cuenta con una superficie aproximada de 1.271,543 m² y fue originalmente proyectada como espacio verde dentro del esquema urbanístico del sector;
Que, en las inmediaciones del lugar se encuentran otros espacios verdes destinados al uso comunitario, particularmente el correspondiente al Barrio 123 Viviendas y el ubicado en la Manzana Nº 668 del Barrio Juana Azurduy, lo que permite garantizar la disponibilidad de áreas recreativas y de esparcimiento para los vecinos del sector;
Que, en función de lo expuesto, resulta factible y conveniente desafectar la Manzana Nº 688 de su condición de bien de dominio público, a fin de permitir su incorporación al dominio privado municipal;
Que, dicha medida permitirá planificar la subdivisión del inmueble para la generación de seis (6) lotes, los cuales podrán destinarse a políticas habitacionales de carácter social;
Que, es facultad del Concejo Deliberante disponer la desafectación de bienes del dominio público municipal cuando razones de interés público así lo justifiquen;
Que, la presente medida se enmarca en las políticas públicas municipales orientadas a dar respuesta a la demanda habitacional existente en la comunidad;
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTASE como bien del dominio público municipal la Manzana Nº 688, identificada catastralmente como 07-1-E-688 sujeta a mensura definitiva, ubicada en la localidad de Luis Beltrán.
ARTÍCULO 2º: AFÉCTASE el inmueble mencionado en el artículo anterior al dominio privado municipal, a los fines de su posterior planificación y utilización en políticas habitacionales.
ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 11 DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2026.
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN) Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).