VISTO:
La existencia de una vivienda perteneciente al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV), en la cual la Municipalidad de Luis Beltrán figura como titular administrativo, siendo la misma habitada desde su entrega por vecinos con quienes oportunamente se suscribió un comodato de carácter precario;
La Nota Nº 131/25 de la Comisión Municipal de Tierras, mediante la cual se solicita la renuncia a la titularidad municipal del inmueble;
La nota presentada por la Sra. Bárbara Sierra, solicitando la renuncia de la Municipalidad de Luis Beltrán respecto del inmueble identificado catastralmente como 07-1-E-649-21; y
CONSIDERANDO:
Que, la presente solicitud se fundamenta en que dicha vivienda se encuentra habitada por la Sra. Bárbara Sierra, DNI Nº 28.514.348, desde hace más de quince (15) años;
Que, la intención del Concejo Deliberante, en conjunto con el Poder Ejecutivo Municipal, la Comisión Municipal de Tierras y el IPPV, es regularizar administrativamente la situación del inmueble;
Que, dicha regularización permitirá brindar seguridad y tranquilidad habitacional al grupo familiar que ocupa la vivienda desde el momento de su entrega;
Que, para avanzar en el proceso de regularización resulta necesario que la Municipalidad de Luis Beltrán renuncie a la titularidad administrativa del inmueble, a fin de que el IPPV pueda disponer de la adjudicación correspondiente;
Que, corresponde a este Concejo Deliberante dictar la norma legal pertinente;
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: DISPONER la renuncia de la Municipalidad de Luis Beltrán a la titularidad administrativa de la vivienda correspondiente al Plan 50 Viviendas – Ley Nº 3303 – Plan 2000, identificada catastralmente como NC 07-1-E-649-21, ubicada en la localidad de Luis Beltrán.
ARTÍCULO 2°: COMUNICAR la presente Ordenanza al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) a los efectos que correspondan.
ARTÍCULO 3°: SUGERIR al IPPV que evalúe la adjudicación de la vivienda a favor de la Sra. Bárbara Sierra, DNI: 28.514.348, y su grupo familiar, con quienes oportunamente se suscribió un contrato de comodato precario y quienes habitan el inmueble desde su entrega.
ARTÍCULO 4°: REGÍSTRESE, publíquese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, entréguese copia a la interesada, cumplido archívese.
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO A LOS 11 DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2026.
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN) Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).