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VISTO:
El Estatuto para el personal de la Administración Pública de la Municipalidad de Luis Beltrán; y

CONSIDERANDO:
Que, los gremios UPCN y ATE han solicitado la recategorización de los agentes municipales, tomando como referencia su real fecha de ingreso;
Que, tras la verificación de los antecedentes obrantes en los legajos personales de los agentes municipales, el área de Recursos Humanos ha determinado que los siguientes agentes deben ser recategorizados: Campos Damián, DNI N° 37.666.702 Leg. N° 776; Barrientos María Raquel, DNI N° 22.589.782 Leg N° 532; González Duran Roció, DNI N° 33.858.457, Leg. N° 995; Ibañez Florencia, DNI N° 34.052.525, Leg. N° 865; Ralinqueo Marcela, DNI N° 22.246.562, Leg. N° 867;
Que, conforme al Estatuto Municipal vigente, el reconocimiento de la antigüedad laboral implica la recategorización de los agentes en función del tiempo transcurrido desde su ingreso a la administración pública;
Que, en años anteriores, se ha adoptado el mismo criterio para otros agentes municipales, garantizando el principio de igualdad y equidad en el reconocimiento de derechos laborales;
Que, resulta necesario formalizar dicho reconocimiento mediante una norma con fuerza de ordenanza a los fines administrativos y presupuestarios correspondientes;

POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: Ratificar la real fecha de ingreso a los agentes municipales, reconociéndose su antigüedad y otorgándose la recategorización correspondiente, según el siguiente listado:

LEGAJODNIAPELLIDO Y NOMBREFecha a reconocerFECHA INGRESO
77637666702CAMPOS DAMIAN DDJJ 7/12/20091/5/2017
53222583782BARRIENTOS MARIA RAQUELCONTRATO             01/05/20091/6/2017
99533858457GONZALEZ DURAN ROCIOCONTRATO            14/05/20161/2/2018
86534052525IBAÑEZ FLORENCIACONTRATO             01/02/20161/11/2017
86722246562RALINQUEO MARCELACONTRATO            01/12/20161/11/2017

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a través del área de Recursos Humanos, a liquidar los haberes de los agentes nombrados en el art. 1º de la presente de acuerdo a su real fecha de ingreso. Previo a ello, cada agente deberá suscribir el acuerdo de cambio de categoría conforme al modelo aprobado como anexo único de la presente.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese con copia al área de Recursos Humanos de la Municipalidad y demás organismos internos interesados; cumplido archívese.

DADA EN LA MUNICIPALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, A LOS 12 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE 2025.-

ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN), ENCONTRÁNDOSE AUSENTE NORMA BEATRIZ ELIZALDE (NURN).

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