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VISTO:
La solicitud de excepción del art. 1º de la Ordenanza N° 40/16, presentada mediante Nota Nº 23/25 del Sr. Paulo Cesar Carente,
La resolución del Cuerpo de Concejales de dar curso a la solicitud presentada con la documentación requerida, y;

CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 40/16, en su artículo 1° establece que: … “Todos los vehículos habilitados por la Municipalidad de Luis Beltrán para la prestación de servicios de taxi y/o radio taxi, deberán ser de color blanco a partir de la sanción de la presente” …
Que, el Sr. Carente Paulo Cesar, DNI 26.586.984 expresa en su solicitud la necesidad de poner en funcionamiento el vehículo Renault STEPWAY INTENS 1.6 CVT tipo sedán 5 puertas- MODELO 2024, DOMINIO AG331HX, para la explotación del servicio de taxi, solicitando una prórroga para poder cumplir con el color del vehículo que establece la Ordenanza Nº 40/16 mediante ploteo.
Que, el cuerpo de Concejales ha evaluado los argumentos esgrimidos por el vecino y consideraron pertinente la sanción de la presente ordenanza con la excepcionalidad.

POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRAN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: AUTORICESE por vía de excepción la habilitación comercial del vehículo Renault STEPWAY INTENS 1.6 CVT tipo sedán 5 puertas- MODELO 2024, DOMINIO AG331HX propiedad del Sr. Carente Paulo Cesar, DNI 26.586.984 para la explotación del servicio de taxi

ARTÍCULO 2°: OTORGUESE validez a la presente norma de excepcionalidad por un plazo de NOVENTA (90) días corridos desde la sanción de la misma.

ARTÍCULO 3°: CUMPLIDO el plazo establecido, déjese sin efecto la presente y exíjase en su totalidad lo establecido en la Ordenanza N° 40/16.

ARTÍCULO 4°: En caso de incumplimiento a los plazos establecidos para el ploteo al color blanco del vehículo mencionado en el artículo 1°, se realizará la suspensión de la habilitación hasta tanto regularice la situación del vehículo.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo y a los interesados, Publíquese, Tómese Razón, Cumplido, Archívese.

DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2025.

ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (NURN), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).

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