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VISTO:
El Convenio vigente suscripto entre el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de Luis Beltrán para la descentralización del Servicio de Transporte Escolar, con vigencia hasta el mes de junio de 2025.
La necesidad de garantizar la continuidad del servicio de transporte escolar durante los meses de mayo y junio del 2025, en virtud de la falta de previsión presupuestaria para el resto del año, lo que impide la inmediata convocatoria a un proceso de licitación pública; y

CONSIDERANDO:
Que, el servicio de transporte escolar resulta esencial para el acceso a la educación de los niños, niñas y adolescentes que asisten a las escuelas Nros. 101, 215, 178 y CET N°, 29 ubicadas todas ellas en el ejido de Luis Beltrán;
Que, ante la imposibilidad de implementar una licitación pública inmediata y a fin de no interrumpir la prestación del servicio, se impone la necesidad de prorrogar las contrataciones vigentes con las firmas La Comarca S.A. (CUIT N° 30-67287875-2) y Transeba S.R.L. (CUIT N° 30-71571107-5), conforme lo autorizado por el marco normativo vigente;
Que, el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro ha considerado razonable el valor de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($3.300,00) por kilómetro recorrido para la prestación del servicio de transporte escolar, en función del presupuesto de transporte aprobado para el mes de enero de 2025;
Que, en función del marco normativo vigente y la autorización conferida al municipio en materia de contrataciones, corresponde que este Honorable Concejo Deliberante apruebe la presente prórroga y autorice al Poder Ejecutivo a proceder a la suscripción de los contratos pertinentes, permitiendo así contar con el tiempo necesario para reorganizar la previsión presupuestaria y avanzar posteriormente en la tramitación de una nueva contratación por los mecanismos ordinarios;

POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del Intendente Sr. Robin Leandro del Río, a prorrogar la contratación de la firma La Comarca S.A., CUIT N° 30-67287875-2, por el término de mayo y junio del año 2025, para la prestación del servicio de transporte de las escuelas primarias Nros. 101, 215 y 178.-

ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del Intendente Sr. Robin Leandro del Río, a prorrogar la contratación de la firma TRANSEBA S.R.L., CUIT N° 30-71571107-5, por el término de mayo y junio del año 2025, para la prestación del servicio de transporte en el establecimiento escolar CET N° 29.-

ARTÍCULO 3°: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a establecer como valor del servicio la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($3.300,00) por kilómetro recorrido, conforme la autorización conferida por el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro.

ARTÍCULO 4°: Regístrese, Comuníquese con copia al Poder Ejecutivo, a los interesados. Cumplidos, archívese. –

DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2025.-

ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (NURN), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).

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