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VISTO:
La solicitud de excepción del art. 1º de la Ordenanza N° 40/16, presentada mediante Nota Nº 67/25 del Sr. Bustos Daniel Aníbal,
La resolución del Cuerpo de Concejales de dar curso a la solicitud presentada con la documentación requerida, y;

CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 40/16, en su artículo 1° establece que: … “Todos los vehículos habilitados por la Municipalidad de Luis Beltrán para la prestación de servicios de taxi y/o radio taxi, deberán ser de color blanco a partir de la sanción de la presente” …
Que, el Sr. Daniel Aníbal Bustos, DNI 23.270.223, solicita la habilitación del vehículo PEUGEOT UP-208 ALLURE MT AM25.5, tipo sedán de 5 puertas, modelo 2025, DOMINIO AH576IP, para prestar servicio de taxi, requiriendo una prórroga para cumplir con el requisito del color blanco mediante el ploteo correspondiente.
Que, el cuerpo de Concejales ha evaluado los argumentos esgrimidos por el vecino y consideraron pertinente la sanción de la presente ordenanza con la excepcionalidad.

POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRAN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: AUTORICESE por vía de excepción la habilitación comercial del vehículo PEUGEOT UP-208 ALLURE MT AM25.5 TIPO sedán 5 puertas – MODELO 2025, DOMINIO AH576IP propiedad del Sr. Bustos Daniel Aníbal, DNI 23.270.223 para la explotación del servicio de taxi.

ARTÍCULO 2°: OTORGUESE validez a la presente norma de excepcionalidad por un plazo de NOVENTA (90) días corridos desde la sanción de la misma.

ARTÍCULO 3°: CUMPLIDO el plazo establecido, déjese sin efecto la presente y exíjase en su totalidad lo establecido en la Ordenanza N° 40/16.

ARTÍCULO 4°: En caso de incumplimiento a los plazos establecidos para el ploteo al color blanco del vehículo mencionado en el artículo 1°, se realizará la suspensión de la habilitación hasta tanto regularice la situación del vehículo.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo y a los interesados, Publíquese, Tómese Razón, Cumplido, Archívese.

DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2025.

ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (NURN), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).

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