VISTO:
La Nota N° 69/26 de la Comisión de Tierras, de fecha 28 de julio de 2026;
El Boleto de Compraventa de fecha 14 de marzo de 2023;
La Ordenanza N° 68/09; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 68/09, el Concejo Deliberante de la localidad de Luis Beltrán adjudicó en venta a la Sra. Romina Blanco, DNI N° 30.274.988, una fracción de terreno identificada como Manzana N° 849, Parcela N° 16, con una superficie de 238,66 m², conforme al Plano de Mensura N° 30/09 confeccionado por el Agrimensor Walter O. Favretto.
Que, mediante Boleto de Compraventa de fecha 14 de marzo de 2023, la Sra. Romina Blanco cedió y transfirió a favor de la Sra. Tamara Zúñiga, DNI N° 40.322.813, los derechos derivados de la adjudicación del inmueble mencionado.
Que, la Comisión de Tierras, luego del análisis de la documentación presentada y de las circunstancias del caso, emitió dictamen favorable aconsejando dejar sin efecto la adjudicación dispuesta mediante Ordenanza N° 68/09 y adjudicar el inmueble a favor de la Sra. Tamara Zúñiga.
Que, mediante Nota N° 69/26, de fecha 28 de julio de 2026, la Comisión de Tierras remitió a este Concejo Deliberante la documentación y antecedentes correspondientes para su tratamiento.
Que, a fin de regularizar la situación administrativa y jurídica del inmueble, corresponde dejar sin efecto la adjudicación dispuesta mediante Ordenanza N° 68/09 y efectuar una nueva adjudicación a favor de la Sra. Tamara Zúñiga.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: DÉJASE SIN EFECTO la adjudicación dispuesta mediante Ordenanza N° 68/09 a favor de la Sra. Romina Blanco, DNI N° 30.274.988, respecto del inmueble identificado como Manzana N° 849, Parcela N° 16, de la localidad de Luis Beltrán.
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que la medida dispuesta en el artículo precedente tiene por objeto posibilitar la nueva adjudicación del inmueble conforme a la normativa vigente y a la ordenanza que al efecto dicte este Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, notifíquese a la interesada y, cumplido, archívese.
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 05 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2026.
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES: MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN) Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).