VISTO:
La Ordenanza de adjudicación Nº 45/91.
La nota remitida por el Poder Ejecutivo Municipal solicitando la rectificación de datos.
La documentación identificatoria actualizada de la adjudicataria, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. Quintanilla Yáñez Grey Patricia fue adjudicataria de un terreno ubicado en la Manzana Nº 693, Parcela Nº 07 del Barrio 123 Viviendas de la localidad de Luis Beltrán, mediante la Ordenanza Nº 45/91.
Que, al momento de la adjudicación, la Sra. Quintanilla contaba con Cédula de Identidad Nº 91.965, y que actualmente posee el DNI Nº 94.183.309, documento en el que consta su nacionalidad chilena y residencia permanente en el país.
Que, el Poder Ejecutivo Municipal ha solicitado formalmente que se proceda a la rectificación de los datos identificatorios en los registros, actos administrativos y toda documentación oficial en el ámbito municipal, conforme a la normativa vigente del Registro Nacional de las Personas.
Que, la Sra. Quintanilla ha dado cumplimiento a todas las obligaciones establecidas en la Ordenanza Nº 45/91, incluyendo lo estipulado en la Ordenanza Nº 29/91 respecto del precio, forma de pago, cronograma de obra y gastos de escrituración.
Que, por los motivos expuestos, corresponde rectificar el Artículo 1º de la mencionada Ordenanza Nº 45/91.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRAN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: RECTIFÍCASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 45/91, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ADJUDÍQUESE, en forma definitiva, a la Sra. Quintanilla Yáñez Grey Patricia, DNI Nº 94.183.309, una fracción de terreno ubicada en la Manzana Nº 693, Parcela Nº 07, Nomenclatura Catastral 07-1-E-693-07, del Barrio 123 Viviendas de la localidad de Luis Beltrán, provincia de Río Negro, conforme al plano de mensura definitivo Nº 30/09, suscripto por el Agrimensor Walter Fabretto.”
ARTÍCULO 2º: Cumplidos los recaudos legales, autorícese al Poder Ejecutivo Municipal a firmar la correspondiente escritura traslativa de dominio.
ARTÍCULO 3º Regístrese, Comuníquese con copia al Poder Ejecutivo y a los interesados, cumplido, archívese.
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRAN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 15 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2025.
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (NURN), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN), ENCONTRÁNDOSE AUSENTE MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN).