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VISTO:
La Ordenanza N° 40/09 del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Luis Beltrán; la necesidad de avanzar con la escrituración definitiva del inmueble identificado como Manzana N° 180B, Parcela N° 04, del Barrio Ingeniero Fernández; y la modalidad jurídica prevista en dicha norma; y

CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 40/09 se adjudicó a favor del Sr. CHAMBI ORIHUELA SEBASTIAN, DNI N° 92.156.900, y de la Sra. BEDOYA FLORES PASCUALA, DNI N° 92.156.898, una fracción de terreno ubicada en la Manzana N° 180B, Parcela N° 04, del Barrio Ingeniero Fernández de Luis Beltrán, Provincia de Río Negro, con una superficie de 375 m², según mensura realizada por el Agrimensor César Alonso con fecha 07 de septiembre de 1992;
Que la mencionada ordenanza tuvo por finalidad posibilitar la regularización dominial de una situación habitacional y posesoria preexistente en el Barrio Ingeniero Fernández, reconociendo la vinculación de los adjudicatarios con el inmueble;
Que, conforme a la redacción actual de la Ordenanza N° 40/09, la calificación de la adjudicación como “donación a título gratuito” por parte del Municipio a favor de personas particulares dificulta la instrumentación del proceso de escrituración definitiva;
Que resulta necesario adecuar la técnica jurídica de la norma, sin modificar a los beneficiarios, el inmueble adjudicado ni la finalidad social y regularizadora que motivó oportunamente su dictado;
Que, a fin de evitar eventuales observaciones notariales y/o registrales, corresponde sustituir la figura de la donación a título gratuito por una adjudicación en venta por un precio simbólico, determinado en atención a la finalidad de regularización dominial perseguida, la antigüedad de la ocupación, el origen social del Barrio Ingeniero Fernández y las circunstancias particulares que dieron lugar al dictado de la Ordenanza N° 40/09;
Que dicha modalidad permite instrumentar la transferencia dominial mediante un acto de naturaleza onerosa, con precio cierto y autorización legislativa expresa, resguardando adecuadamente el interés público municipal y posibilitando a los adjudicatarios obtener la escritura traslativa de dominio del inmueble;

POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 40/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°: Adjudíquese en venta, con destino a regularización dominial, a favor del Sr. CHAMBI ORIHUELA SEBASTIAN, de nacionalidad boliviana, nacido el 26 de febrero de 1954, DNI N° 92.156.900, y de la Sra. BEDOYA FLORES PASCUALA, de nacionalidad boliviana, nacida el 05 de abril de 1953, DNI N° 92.156.898, ambos con domicilio en Barrio Ingeniero Fernández de Luis Beltrán, una fracción de terreno ubicada en la Manzana N° 180B, Parcela N° 04, de Luis Beltrán, Provincia de Río Negro, que encierra una superficie de 375 m², según mensura realizada por el Agrimensor César Alonso con fecha 07 de septiembre de 1992.”

ARTÍCULO 2°: Incorpórese como Artículo 1° bis de la Ordenanza N° 40/09 el siguiente texto:
“ARTÍCULO 1° bis: Fíjase como precio de la venta del inmueble adjudicado la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), en carácter de precio simbólico, el que deberá ser abonado por los adjudicatarios a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán con carácter previo al otorgamiento de la correspondiente escritura traslativa de dominio.
El precio establecido se determina en atención a la finalidad social y regularizadora de la presente adjudicación, la antigüedad de la ocupación, el origen histórico del Barrio Ingeniero Fernández y las circunstancias particulares que motivaron el dictado de la Ordenanza N° 40/09.”

ARTÍCULO 3°: Regístrese, tómese razón, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, a los interesados. Cumplido, archívese.

DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, A LOS 02 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2026.

ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES: MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN) Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).

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