VISTO:
La Ordenanza N° 19/05 y sus modificatorias;
La Ley Provincial Nº 5.733; la Resolución Municipal Nº 593/26; el Concurso de Precios Nº 13/2026; el acta de apertura de ofertas de fecha 11 de septiembre de 2026; el dictamen de la Comisión de Preadjudicación; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Municipal Nº 593/26 se dispuso el llamado al Concurso de Precios Nº 13/2026 para la ejecución integral de la obra “Demarcación Vial Urbana Horizontal”, destinada a mejorar la seguridad y el ordenamiento vial de la localidad;
Que con fecha 11 de septiembre de 2026 se realizó la apertura de sobres, registrándose una única oferta presentada en término por la firma SHAMS S.A., CUIT Nº 30-71700889-4;
Que la propuesta asciende a PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($56.530.541,31), IVA incluido, coincidente con el presupuesto oficial;
Que el presupuesto oficial tiene fecha 03 de agosto de 2026 y la firma mantuvo su importe al presentar la oferta el 11 de septiembre de 2026, sin formular incrementos ni reservas económicas por los treinta y nueve (39) días transcurridos;
Que el mantenimiento del precio constituye una circunstancia favorable para los intereses municipales frente al riesgo de variación de costos, permitiendo contratar los trabajos dentro de la previsión económica aprobada;
Que la propuesta comprende la totalidad de los trabajos previstos y contempla un plazo de ejecución de treinta (30) días corridos desde la suscripción del Acta de Inicio, conforme a las condiciones del llamado;
Que la Comisión de Preadjudicación consideró razonable y conveniente la oferta y recomendó su adjudicación, sujeta a la autorización expresa de este Concejo Deliberante;
Que el artículo 27º de la Ordenanza Municipal Nº 19/05, al que remite el apartado 12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, establece que la aceptación de una oferta única de evidente conveniencia requiere autorización expresa del Concejo Deliberante;
Que el financiamiento previsto contempla la aplicación de $53.678.315,00 provenientes del Bono de Prórroga de la Ley Provincial Nº 5.733 y la atención del saldo con recursos propios municipales;
Que, la presente se dicta en pleno ejercicio de la faculta otorgada a este Cuerpo Deliberante en el art. 26 inc. z) de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Luis Beltrán;
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del Intendente Sr. Robin Leandro del Rio, en el marco de lo establecido en el art. 27º de la Ordenanza N° 19/05, a aceptar la oferta única presentada por la firma SHAMS S.A., CUIT Nº 30-71700889-4, en el Concurso de Precios Nº 13/2026, y a adjudicarle la ejecución integral de la obra “Demarcación Vial Urbana Horizontal”, por el monto total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($56.530.541,31), IVA incluido.
ARTÍCULO 2°: Disponer que el anticipo financiero de hasta el cuarenta por ciento (40 %) del monto contractual sólo podrá desembolsarse previa constitución y aprobación de una garantía por el cien por ciento (100 %) del anticipo efectivamente otorgado, vigente hasta su total amortización.
ARTÍCULO 3°: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar las gestiones necesarias para la suscripción del contrato definitivo y a dictar los actos administrativos consecuentes para la ejecución de la obra.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, Comuníquese con copia al Poder Ejecutivo y Tribunal de Cuentas Municipal, a los interesados. Cumplidos, archívese.-
DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO, A LOS 16 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2026.-
ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES: MARÍA SUSANA MILLÁN (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), NAZARENO RAPARI (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN) Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).