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VISTO:
El Concurso de Precios Nº 17/25 autorizado por Ordenanza Nº 31/25;
El Dictamen emitido por la Comisión de Tierras de la Municipalidad de Luis Beltrán, respecto de las ofertas recibidas en su carácter de comisión de pre-adjudicación;
El vencimiento del periodo de impugnación; y

CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 31/25 se autorizó la venta de los terrenos individualizados catastralmente como NC 07-1-E-865-01, 07-1-E-865-02, 07-1-E-865-03, 07-1-E-865-04, 07-1-E-865-05, 07-1-E-865-06, 07-1-E-865-07, 07-1-E-865-08, 07-1-E-865-09, 07-1-E-865-10, 07-1-E-865-11, 07-1-E-865-12, 07-1-E-865-13, 07-1-E-865-14, 07-1-E-865-15, 07-1-E-865-16; todos ellos de propiedad de la Municipalidad de Luis Beltrán;
Que, mediante la Ordenanza de referencia se llamó a concurso de precios para el día 09 de diciembre de 2025, momento en el cual se recibieron todas las ofertas;
Que, el Sr. Cañuman Oscar Alfredo DNI: 42.652.252, Orden N° 10, formulo una oferta por el terreno con NC 07-1-E-865-05, la cual asciende a la suma de PESOS TRECE MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 13.000.000,00) pagaderos de la siguiente forma: un anticipo de PESOS CUATRO MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 4.000.000,00) al momento de la firma del boleto de compraventa y el saldo restante de PESOS NUEVE MILLÓN CON CERO CENTAVOS ($ 9.000.000,00) equivalente a OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (857) bolsa de cemento de 50kg, calidad CPN -40, en DOCE (12) cuotas, mensuales, iguales y consecutivas de SETENTA Y UNO COMA CINCO (71,5) bolsas de cemento cada una; siendo designada como la mejor oferta por la Comisión de Tierras de la Municipalidad de Luis Beltrán en su carácter de comisión evaluadora para dicho terreno habiendo sido pre-adjudicado;
Que, se encuentra vencido el periodo de impugnación sin observación alguna al listado de pre-adjudicación, por lo cual, corresponde aceptar la oferta y tener a los antes nombrados como adjudicatarios;
Que, corresponde autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA INMOBILIARIO y efectuado el correspondiente pago de oferta a la firma de la escritura traslativa de dominio;

POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRAN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: Acéptese la oferta realizada por el Sr. Cañuman Oscar Alfredo DNI: 42.652.252, Orden N° 10, formulo una oferta por el terreno con NC 07-1-E-865-05, la cual asciende a la suma de PESOS TRECE MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 13.000.000,00) pagaderos de la siguiente forma: un anticipo de PESOS CUATRO MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 4.000.000,00) al momento de la firma del boleto de compraventa y el saldo restante de PESOS NUEVE MILLÓN CON CERO CENTAVOS ($ 9.000.000,00) equivalente a OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (857) bolsa de cemento de 50kg, calidad CPN -40, en DOCE (12) cuotas, mensuales, iguales y consecutivas de SETENTA Y UNO COMA CINCO (71,5) bolsas de cemento cada una; por el terreno individualizado con designación catastral 07-1-E-865-05.

ARTÍCULO 2°: Las DOCE (12) cuotas aceptadas en el artículo 1º de la presente ordenanza vencen de pleno derecho el día 10 de cada mes, o primer día hábil siguiente, incurriendo en mora automática por su incumplimiento en plazo. El interés moratorio será el vigente en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente en cada periodo. –

ARTÍCULO 3°: Establézcase el plazo para el cumplimento del pago ofrecido como anticipo por el oferente en el término de 30 días. –

ARTÍCULO 4°: Los gastos de escritura quedarán a cargo del comprador. –

ARTÍCULO 5°: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a firmar el correspondiente Boleto de Compraventa y oportunamente la Escritura Traslativa de Dominio una vez efectuado el pago total de la oferta. –

ARTÍCULO 6°: Regístrese, Comuníquese con copia al Poder Ejecutivo, a los interesados. Cumplidos, archívese. –

DADA EN LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN, DEPARTAMENTO AVELLANEDA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE 2025.-

ESTA ORDENANZA HA SIDO APROBADA POR LA TOTALIDAD DE LOS CONCEJALES PRESENTES, NAZARENO RAPARI (JSRN), GUSTAVO MARTÍN ZAVALA (PJ), JEREMÍAS CARDOZO HUEBRA (JSRN), MARÍA FLORENCIA VILLALOBOS (JSRN), Y EL PRESIDENTE DE CONCEJO MARTÍN MOZZICAFREDDO (JSRN).

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